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    18 Inmuebles para venta hasta 50.000 €, en Albatera, Alicante

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    18
    Fachada
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    Garaje en Albatera

    Garaje en Albatera

    Albatera, Albatera, Alicante
    10 m²
    Tener una plaza de garaje siempre es una buena inversión tanto para tu uso particular como para alquilarla. Esta plaza es ideal para coches grande y si tienes coche pequeño, mejor aún, el hueco que sobra lo puedes utilizar para guardar tu moto o bici. La plaza de garaje dispone de 10m² en la localidad de Albatera, provincia de Alicante. Está situado en unas de las zonas más transitadas. Ideal para resguardar tu coche o por qué no, para invertir. Dispone de buenos accesos y está bien comunicada. Albatera está ubicado en una zona residencial, en el centro del pueblo. Se trata del centro del pueblo, donde encontrarás una calle tranquila y acogedora, con casas y edificios de poca altura. En las cercanías de la calle, podrás encontrar diversos servicios y comercios locales, como tiendas, restaurantes, bares, cafeterías y supermercados. Albatera es conocida por sus paisajes rurales y su entorno natural. Podrías encontrar áreas verdes y parques cercanos donde la gente puede pasear y relajarse. El municipio también puede ofrecer lugares de interés cultural, como iglesias, plazas o monumentos históricos. Si te interesa la historia y la cultura, podría haber sitios de interés cercanos a la Calle Poeta Fermín Limorte que valga la pena visitar. Estás interesado en visitar este garaje? No dudes en ponerte en contacto con nosotros. Visita sin compromiso, sin comisiones de intermediación. Más información rellenando el formulario de contacto o por teléfono. Estaremos encantados de atenderte. Hipoges es una plataforma inmobiliaria donde podrás acceder a miles de activos inmobiliarios de diferentes tipos como viviendas, locales comerciales, terrenos, nueva obra, tanto a nivel particular como para inversores. Hipoges cuenta con una amplia cartera de activos inmuebles tanto en España como en Portugal y Grecia.Necesitas financiación? Te ofrecemos la posibilidad de financiaciones de hasta el 100% para la compra de este inmueble. Entra en Finanwin.com, haz tu simulación y obtén la mejor oferta para tu Hipoteca de la manera más ágil y sencilla. #ref:ACRE-000466
    4.000 €
    Hace +30 días fotocasa.es
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    Garaje en Albatera

    Piso 4 Habitaciones en Albatera

    Albatera, Albatera, Alicante
    4 habitaciones
    2 baños
    115 m²
    Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Piso de segunda mano en venta situado en Albatera, Alicante. Cuenta con una superficie de 115.46 m² distribuidos en cuatro dormitorios y dos baños. Se localiza en un edificio plurifamiliar de siete alturas con ascensor construido en el año 1985, en el centro de Albatera, una pequeña localidad que dista a 45 Km de Alicante. Entorno residencial consolidado con suficientes equipamientos e infraestructuras para el desarrollo de la vida cotidiana. Buenas comunicaciones por carretera para desplazarse a Alicante capital. Con los servicios de Solvia podrá encontrar la vivienda que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. Prioridad: 1 Texto regla en castellano: El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. #ref:CG-75894-0001
    37.900 €
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    Hace +30 días fotocasa.es
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